Comprar o vender una casa es, sin duda, uno de los pasos más importantes en la vida de una persona. Es un momento lleno de ilusión, pero también puede generar dudas e incertidumbre debido a la cantidad de trámites y las implicaciones económicas.
En nuestro bufete, sabemos que la claridad es clave para tu tranquilidad. Por eso, hemos preparado esta guía sencilla para que entiendas todo el proceso de compraventa de una vivienda en Cataluña, desde el primer apretón de manos hasta la entrega de llaves.
1. Los Primeros Pasos: Verificación Y Contrato De Arras
Antes de firmar nada, es fundamental hacer una labor de investigación. La ley protege al comprador y obliga al vendedor a ser transparente.
- Información Previa: Según el Artículo 241-1 del Código de consumo de Cataluña, el vendedor debe facilitarte información clave sobre el inmueble antes de que entregues cualquier cantidad de dinero. Esto incluye la titularidad, las posibles cargas (hipotecas, embargos) y los gastos previsibles de mantenimiento.
- El Contrato de Arras: Una vez que ambas partes estáis de acuerdo, el paso habitual es firmar un contrato de arras. Este es un documento privado donde se establecen las condiciones de la futura compraventa: el precio final, el plazo para firmar ante notario y las penalizaciones si alguna de las partes se echa atrás. Es, en esencia, la reserva formal de la vivienda.
2. El Camino Hacia La Firma: Financiación Y Escritura Pública
Con el contrato de arras firmado, se inicia la cuenta atrás para formalizar la operación.
- Búsqueda de Financiación: Si como comprador necesitas una hipoteca, este es el momento de gestionarla con tu banco. Es importante que sepas que la legislación catalana te protege. El Artículo 621-49 de la Ley del libro sexto del Código civil de Cataluña establece que si el contrato prevé la financiación por un banco y este te la deniega de forma justificada, puedes desistir de la compra y recuperar las arras entregadas.
- La Escritura Pública de Compraventa: Este es el acto central de la operación. Se realiza ante un notario, quien da fe pública del acuerdo. En la escritura se identifica a las partes, se describe la vivienda, se fija el precio y la forma de pago, y se declara que el inmueble está libre de cargas (o se especifican las existentes). Con la firma de la escritura, el comprador se convierte legalmente en el nuevo propietario.
- Inscripción en el Registro de la Propiedad: Tras la firma, la escritura debe inscribirse en el Registro de la Propiedad. Este paso es fundamental, ya que hace pública la transmisión y protege al nuevo propietario frente a terceros.
3. La Documentación Imprescindible
Para que todo el proceso fluya sin contratiempos, es vital tener toda la documentación en regla.
Para el Vendedor:
- Título de propiedad (la escritura de cuando compró la vivienda).
- Nota Simple del Registro de la Propiedad actualizada, para verificar la titularidad y las cargas.
- Cédula de Habitabilidad vigente.
- Certificado de Eficiencia Energética.
- Último recibo del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).
- Certificado de estar al corriente de pago con la comunidad de propietarios. El Artículo 553-5 de la Ley del libro quinto del Código Civil de Cataluña lo exige para poder otorgar la escritura pública.
Para el Comprador:
- DNI o NIE en vigor.
- Justificantes de los medios de pago (cheques bancarios, comprobantes de transferencia, etc.)
4. ¿Quién Paga Qué? Desglose De Gastos E Impuestos
Esta es una de las preguntas más frecuentes. La normativa catalana, en el Artículo 621-15 de la Ley del libro sexto del Código civil de Cataluña y el Artículo 531-6 de la Ley del libro quinto del Código Civil de Cataluña, establece un reparto por defecto, aunque las partes pueden pactar algo diferente:
Gastos del Comprador:
- Impuestos:
- Si es una vivienda de segunda mano, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
- Si es una vivienda nueva, el IVA y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).
- Gastos de Notaría y Registro: Salvo pacto en contrario, la ley establece que los gastos de la escritura pública y la inscripción en el Registro corren a cargo del comprador.
- Gestoría: Si se contrata una para realizar los trámites de liquidación de impuestos e inscripción.
Gastos del Vendedor:
- Plusvalía Municipal (IIVTNU): Es el impuesto que grava el incremento de valor del terreno desde que lo compró hasta que lo vende.
- IRPF: Deberá declarar la ganancia patrimonial obtenida en su declaración de la renta.
- Gastos de la agencia inmobiliaria, si ha intervenido.
Consejos Clave Para Una Operación Exitosa
Para finalizar, te dejamos algunos consejos prácticos que te ayudarán a que el proceso sea seguro y satisfactorio:
- Revisa toda la documentación con calma. No te precipites. Asegúrate de que la Cédula de Habitabilidad está vigente y de que no existen deudas con la comunidad o el ayuntamiento.
- Negocia las condiciones. Aspectos como el precio, los plazos o quién asume ciertos gastos pueden ser pactados en el contrato de arras.
- Incluye una cláusula de financiación. Si vas a pedir una hipoteca, asegúrate de que el contrato de arras te permita recuperar tu dinero si el banco no te concede el préstamo, tal como prevé la ley catalana.
- Visita la vivienda varias veces. Hazlo a diferentes horas del día para comprobar la luz, los ruidos y el ambiente de la zona.
- Busca asesoramiento profesional. La compraventa de una vivienda es una operación compleja y de gran importancia económica. Contar con un abogado especialista te dará la seguridad de que tus derechos están protegidos en cada paso del camino, evitando sorpresas y problemas futuros.
At Legal Domus tenemos experiencia en compraventas y asesoramos al cliente durante todo el proceso. Podemos gestionarte todo lo que necesites sin preocupaciones. Igualmente, si estás pensando en vender tu casa, nosotros nos ocupamos de encontrar al mejor comprador.
Contact us para cualquier duda.